La audiencia sobre la nueva solicitud de 36 meses de prisión preventiva contra Keiko Fujimori, quien se encuentra bajo investigación por el presunto delito de lavado de dinero en el caso Odebrecht, ha sido suspendida por orden del juez Víctor Zúñiga, quien anunció que se reanudará el sábado 28 de diciembre, de 9:00 a 13:00 horas.
La audiencia continuará el 31 de diciembre a la misma hora y se reanudará el 2 de enero de 2020 de 9:00 a 19:00.

Domingo Pérez debe apoyar nuevos elementos en su movimiento.
Diferentes versiones de los abogados penalistas sobre la procedencia de la detención preventiva de Keiko Fijimori.
La fuerza del razonamiento del fiscal sobre los elementos de la condena y el riesgo procesal de obstrucción, ya que no nos encontramos como en el caso de la pareja Humala, donde el riesgo de procedimiento o el riesgo de fuga a mi opinión personal no ha sido satisfecho y creo que la solicitud de detención preventiva contra la lideresa de fuerza popular inicialmente creía que se le estaba poniendo injustamente, pero ahora habiendo considerando las pruebas que ha aportado el fiscal Domingo, la charla que ha salido a la luz mediante las redes sociales y las audiencias en las que ha participado el fiscal, la solicitud de prisión preventiva está justificada, refirió Chang Kcomt.
El abogado defensor recordó que en sus intervenciones el fiscal Pérez Gómez había tomado en cuenta tres elementos que tienen en cuenta el riesgo de obstrucción: el riesgo razonable de que la persona investigada destruya, altere, oculte o falsifique ciertas pruebas; la posibilidad de que la persona investigada pueda influir en otros coacusados o testigos para que declaren falsamente a su favor o sean injustos con la fiscalía; y la posibilidad de que la persona investigada pueda inducir o empujar a otras personas a cometer los dos primeros actos.
La petición de la fiscalía se basa en la información reunida durante los dos últimos años de la investigación, teoría que está bastante bien apoyada por hechos, documentos, declaraciones de cooperación real y nuevas personas que se han adherido recientemente a esta teoría sobre la base de la misma cooperación y también como testigos protegidos», manifestó Lamas Puccio.
La abogada penalista Fernández Muñoz también comentó que la participación de Pérez Gómez fue sólida, y que los elementos de convicción que presentó, el análisis que realizó y las pruebas que aportó para justificar el riesgo de un juicio son realmente válidos. Mas Ahora es el momento del juez Concepción Carhuancho tomar una decisión, tomando en cuenta todo lo referido.
Para César Nakazaki, entrevistado en La Rotativa del Aire, la evaluación es diferente. tanto en el tema de la evidencia, el hecho de que hay un riesgo de enjuiciamiento porque tal casa es alquilada o porque el esposo de Keiko Fujimori no es peruano o porque ella es de origen japonés. Dijo creer que hubo un revés para alguien que era poderoso.
También sugirió la noción misma de riesgo de procedimiento como tema de debate. «La obstrucción requiere que algo sea bloqueado. Y digo esto para discutir. Si José Domingo Pérez señalara que sus acciones de investigación se vieron obstaculizadas por alguna actividad, podría cerrar el argumento», dijo Nakazaki.
Según el abogado defensor Luis Lamas, nuevos elementos contribuyen al argumento de la obstrucción de la justicia. Mientras tanto, Carlos Caro cree que las pruebas de la fiscalía son útiles para ir a juicio, pero no apoyan una amenaza procesal.